HOSPITALES DEBEN ATENDER UNA EMERGENCIA SIN PEDIR DNI O PAGO ADELANTADO

Ante una situación de emergencia, ningún hospital, público o privado, puede negar la atención médica, incluso cuando el paciente no cuente con Documento Nacional de Identidad (DNI). Este derecho se aplica también sin la necesidad de cualquier pago o garantía económica, así como de cualquier otro trámite estipulado en los procesos de atención normal.

Así lo explicó la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) y recordó que tanto la Ley de Emergencia como la Ley General de Salud señalan lo mencionado. Además, esa obligación por parte de los hospitales y las clínicas se debe ejercer mientras dure la emergencia.

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